Aunque en México la posesión de un arma de fuego para la legítima defensa del hogar y la integridad física es un derecho consagrado en la Constitución, en la práctica la política del Estado sobre este tema es confusa, pues por una parte fomenta el desarme de los ciudadanos y, por el otro, comercializa municiones, pistolas, escopetas y hasta rifles semi automáticos.
En estos momentos en los que el país se encuentra sumido en una severa crisis de inseguridad, el deseo de los mexicanos de protegerse de la delincuencia es cada vez mayor, lo que se comprueba con el incremento de la expedición de licencias de portación de armas de fuego a particulares.
De acuerdo a información proporcionada por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), por medio del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), de 2009 a la fecha más de mil 300 personas han recibido una licencia de porte de arma de fuego.
Datos de la misma Sedena revelan que en los últimos tres años la Secretaría (que es la única legalmente autorizada para hacerlo), ha vendido más de 20 mil armas largas y cortas.
Al mismo tiempo el Ejército promueve campañas de desarme por todos los puntos del país, en donde ofrece desde despensas hasta computadoras y dinero en efectivo a las personas que entreguen voluntariamente cualquier armamento o municiones que tengan en su hogar.
Las cifras más recientes revelan que entre los años 2001 y 2008, la Sedena ha canjeado poco más de 53 mil armas por dinero, despensas o computadoras en el territorio nacional.
Baja California es la entidad que más canjea armas con 16 mil 825 piezas, que van desde fusiles automáticos hasta pistolas hechizas. En segundo lugar se encuentra Chihuahua con ocho mil 341, el Distrito Federal con cuatro mil 849 y Nuevo León con cuatro mil 449. Cabe señalar que el 60 por ciento de todo este armamento funciona.
En Reynosa, la más reciente de estas campañas (que concluye el 28 de octubre) registra 34 rifles y escopetas entregados de manera voluntaria.
La política federal respecto al armamento para los particulares es tan confusa, que por un lado la Sedena restringe la venta de municiones para quienes se dedican a la actividad cinegética, obligándolos a viajar cientos de kilómetros para poder comprar de manera legal una caja de parque.
Sin embargo, por otro lado, la misma dependencia permite el registro legal de un rifle (o cualquier otra arma que no sea de uso exclusivo de las fuerzas armadas), que fue comprado en Estados Unidos y cruzado de contrabando al país.
DESDE UNA BALA
HASTA UN FUSIL
Desde el 11 de Abril de 1995, la Secretaría de la Defensa Nacional es la única instancia autorizada en el país para importar y vender armas, municiones y equipo conexo de manera legal a los cuerpos de seguridad pública y empresas de seguridad privada, así como integrantes de las Fuerzas Armadas, tiradores deportivos, cazadores, trabajadores del campo y un gran número de ciudadanos en general
Para realizar esta labor se creó la Unidad de Comercialización de Armamento y Municiones, que posteriormente fue denominada Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones (DCAM).
El negocio ha sido redituable, pues de acuerdo a información proporcionada por la Sedena, en el año 2009 se vendieron cuatro mil 934 armas largas y tres mil 704 armas cortas. En 2010 se comercializaron cuatro mil 379 armas largas y tres mil 388 armas cortas y hasta el 7 de septiembre de este año se han vendido un total de dos mil 631 armas largas y dos mil 319 armas cortas. Más de 20 mil en tres años.
Para poder adquirir los productos que se publicitan en el portal de Internet de la Sedena (www.sedena.gob.mx), el interesado tiene que acudir personalmente a las instalaciones de la dependencia, ubicadas en la capital del país, portando el original de un permiso expedido por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos además de cubrir en efectivo el importe de los artículos que pretende comprar, siempre y cuando éstos se encuentren en existencia.
Cabe señalar que de acuerdo a este Catálogo de Productos, los tiradores mexicanos tienen la oportunidad de comprarle a la Sedena una gama de rifles, escopetas, pistolas y hasta fusiles semi automáticos de fabricantes como Arrieta, Beretta, Benelli, Browning, Ceska, Colt, Fabarm, Franchi, G.S.C., Hatsan, Lanber, Mendoza, Mossberg, Rossi, Ruger, Remington, Savage, Walther, Winchester y Weatherby.
Estas armas van desde las carabinas calibre 5.5 mm, hasta las escopetas calibre .20 y los rifles 30-06.
Sin embargo, los artículos que más llaman la atención son las carabinas y rifles semi automáticos marca Colt calibre .22, que son idénticos a los fusiles M-16 y R-15 que usan las fuerzas armadas. Además está el rifle semiautomático GSG calibre 22, que es igual al sub fusil Heckler & Koch MP5 que utiliza municiones calibre .9 mm.
Además, están las pistolas Walther modelo P22, SP22 M1 Short y la SP22 M2 Long calibre .22, que son idénticas a escuadras Glock que van de las .9 mm hasta las calibre .45.
Las personas interesadas en adquirir cualquiera de estos artículos debe de contar con un permiso extraordinario para la adquisición de armamento y presentarlo junto con su documentación en la ventanilla de ventas a mostrador de la DCAM.
Una vez que se autoriza el permiso (su trámite tarda un par de meses), el interesado tiene que presentarse en las instalaciones de la DCAM en la Ciudad de México con el original y copia de su Permiso Extraordinario de Adquisición además de una identificación oficial. Una vez en este lugar tiene que pagar, además del costo del arma, un impuesto de 35 pesos por cada rifle, pistola o escopeta que vaya a adquirir.
Cabe señalar que para recibir el citado permiso, el interesado tiene que presentar una fotocopia de la cartilla del Servicio Militar Nacional liberada o (si es mayor de 40 años) el acta de nacimiento certificada por la oficina del Registro Civil.
En caso de que el comprador sea mujer, tiene que presentar su acta de nacimiento certificada por la Oficina del Registro Civil y si es extranjero, entonces requiere presentar la documentación que acredite su legal estancia en el país, como lo es la Forma FM2.
Además los posibles compradores necesitan presentar una carta de trabajo, especificando su puesto, antigüedad y percepciones, una carta de no antecedentes penales expedida por la Procuraduría General de Justicia del Estado donde residan y que no debe de tener una antigüedad mayor a los seis meses de expedida.
Otros documentos que se requieren son copia de un comprobante de domicilio, copia de una identificación con fotografía y en caso de que las armas sean solicitadas para tiro o cacería, una copia de la credencial del club cinegético al que el solicitante pertenece, donde se indique el día, mes y año del inicio y término de su membresía.
Recientemente la DCAM puso a disposición de sus usuarios la oportunidad de adquirir vía Internet tanto armas como municiones, sin embargo, la única ventaja que ofrece esta opción es que el interesado puede pagar sus artículos vía depósito bancario, ya que de todas formas tiene que viajar a la Ciudad de México para recoger sus productos. De hecho la Sedena marca un plazo límite de 30 días para hacerlo.
Quienes lograron cumplir con todos estos requisitos, reciben una factura por cada uno de los artículos adquiridos y una copia de un documento donde se le informa que todos sus datos personales y los de sus armas quedaron registrados en el Instituto Federal de Acceso a la Información.
Estos trámites son tan complicados, que han promovido un floreciente mercado negro principalmente en las comunidades fronterizas.
Y es que al otro lado del Río Bravo, la adquisición de literalmente cualquier pistola, escopeta o fusil de asalto requiere únicamente de la presentación de un comprobante de residencia legal en Estados Unidos.
Gracias a que allá las leyes son más flexibles con la comercialización de estos productos, municiones, pistolas, rifles y escopetas se venden casi sin ninguna restricción en armerías, casas de empeño y tiendas deportivas del territorio norteamericano. Incluso existen comercios que publicitan en sus folletos y portales de Internet fusiles automáticos u otro armamento de alto poder.
Por ello, cazadores, tiradores deportivos o particulares, prefieren pagar una cuota que va de los 20 a los 50 dólares a algunos residentes legales en Estados Unidos quienes se dedican a comprar armas para ciudadanos mexicanos, quienes posteriormente las introducen de contrabando al país.
FALTA EL REGISTRO
Y EL PORTE…
Comprar el arma a la Sedena es apenas la mitad del trámite que el ciudadano tiene que cumplir para poder tener legalmente una pistola, rifle o escopeta.
De acuerdo a la ley, todos los propietarios de uno de estos artículos tienen que registrarlo ante la Secretaría de la Defensa Nacional, y para ello tiene que acudir a la Zona Militar más cercana y presentar el arma descargada, envuelta o en funda.
Además requiere mostrar una identificación vigente con fotografía, un comprobante de domicilio y la Clave Unica del Registro de Población. Todos estos documentos tienen que ser en original y copia.
En caso de que el interesado sea integrante de un club cinegético tiene que presentar original y copia de su credencial de afiliación. Si es ejidatario, comunero o jornalero, entonces tiene que mostrar un documento que ampare esta condición. Estos documentos vienen acompañados con el pago de un impuesto por la licencia.
Y aunque las autoridades militares revisan en un banco de datos el número de serie del arma, para verificar que no estuvo involucrada en algún ilícito o es robada, no verifican la factura o lugar de procedencia del artículo.
Esto quiere decir, que un cazador, tirador deportivo o particular, puede registrar de manera legal una pistola, rifle o escopeta que adquirió en Estados Unidos e introdujo de contrabando al país o, incluso, compró en el mercado negro.
De hecho, reconocieron integrantes de clubes cinegéticos de la zona, que la mayoría de los rifles que se registran ante la Sedena y se utilizan para esta actividad, se compran en Estados Unidos pues adquirirlos en la DCAM es muy complicado y tedioso.
Tras el registro, falta tramitar la licencia particular individual de portación de armas de fuego para personas físicas, que es lo que le permite al dueño del armamento sacarlo de su hogar para cualquiera que sea la actividad que realiza.
Realizar este trámite resulta ser mucho más complicado que todos los anteriores, pues el interesado debe de tener “un modo honesto de vivir”, lo que comprueba con una carta de su trabajo, que debe de ir firmada por el titular de la institución, indicando fecha desde cuando labora, el cargo que ocupa, ingresos económicos que devenga y la conducta observada.
Además, requiere haber cumplido con el Servicio Militar Nacional, por lo que debe de presentar una copia de su cartilla y la hoja de liberación.
El interesado en recibir una licencia de portación no debe de tener impedimento físico y mental para el manejo de las armas, lo que debe demostrar con un certificado médico de no impedimento físico, expedido por un médico con titulo legalmente registrado, además de un certificado médico-psicológico de salud mental expedido por un licenciado en Psicología con título legalmente registrado, anexando los resultados de los test practicados para tal fin.
Al mismo tiempo el solicitante debe de mostrar una carta de no antecedentes penales, un certificado de no consumo de drogas, enervantes o psicotrópicos expedido por un medico con título legalmente registrado, cuidando anexar los resultados de los estudios de laboratorio practicados para tal fin y un comprobante de domicilio que no tenga una antigüedad mayor a los seis meses.
Además de toda esta documentación, el interesado tiene que acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas, ya sea por la naturaleza de su empleo, las circunstancias especiales del lugar en que vive o cualquier otro motivo justificado.
El clima de inseguridad que se vive en el país, ha provocado que cada vez sean más las personas que le han solicitado a la Sedena una licencia de porte de armas, no obstante lo complicado que resulta el proceso.
Información proporcionada por la Secretaría, reveló que en los últimos tres años el número de licencias particulares ha ido a la alza, pues en el año 2009 se otorgaron 393, en el 2010 se dieron 439 y hasta septiembre de este año ya van 510.
Incluso las licencias particulares colectivas, que son las que se otorgan a las empresas de seguridad privada, también han registrado un incremento de 2009 a la fecha.
En 2009 se otorgaron 12 licencias a empresas establecidas en el país, en 2010 se dieron 19 y en lo que va del año ya se han entregado seis, lo que quiere decir que cada vez son más las compañías de seguridad privada que requieren que sus empleados anden armados.
CIENTOS DE KILOMETROS…
POR MUNICIONES
Aunque la Sedena es la única instancia autorizada para la venta de armas, ha otorgado algunos permisos para que particulares vendan de manera legal municiones.
El problema es que existen muy pocos de estos establecimientos, por lo que los residentes de la zona fronteriza tienen que viajar cientos de kilómetros para poder comprar balas.
Quienes no desean exponerse a las sanciones que existen por la internación de parque o armamento procedente de Estados Unidos, tienen que viajar ya sea a Ciudad Victoria, Tamaulipas o Monterrey, Nuevo León, donde existen un puñado de comercios autorizados por la Sedena para vender estos productos.
Uno de estos negocios se encuentra ubicado en la Calzada Madero número 1244 poniente, en el centro de Monterrey. Ricardo Solís Moncada, encargado de este local, informó que sólo venden cartuchos permitidos por la Sedena, que son los calibres .22, .12, .16, .20 y .410, que son los utilizados para cacería o práctica de tiro con disco.
En este negocio también se pueden adquirir balas para armas cortas calibre .25, .32, .380 y .38 especial.
Las personas dedicadas a la cacería también pueden adquirir municiones de alto poder, como lo son el .270, el .330 y el 30-06, sin embargo, conseguir este tipo de balas es muy complicado, incluso para el dueño del negocio.
Solís Moncada reveló que las personas que deseen comprar en su negocio necesitan presentar el registro de su arma, además de que existen limitantes sobre la cantidad de balas que puede adquirir por mes.
Si se trata de calibre .22, sólo puede adquirir 500 cartuchos, si son municiones para escopeta, sólo puede comprar mil cada cuatro semanas y si son balas para armas cortas sólo puede comprar 200 en un plazo de 30 días.
“Antes de vender el cartucho se requiere que la persona presente un registro de que el arma está legal, el registro lo tramitas en la Zona Militar. Ya cuando vienes con nosotros a comprarnos el cartucho te pedimos ese registro, ya con ese registro nosotros le sacamos una copia, entras a nuestra base de datos y una copia se anexa nuestros libros. Entonces tu vienes y nos pides un cartucho, nosotros verificamos en los registros qué arma es la que tienes y sabemos que es lo que te podemos vender”, aseguró.
Viajar cientos de kilómetros para poder comprar balas de manera legal, cuando pueden hacerlo cruzando la frontera, ha provocado que muchas personas decidan jugarse su suerte introduciendo de contrabando municiones y armamento.
Sin embargo, si las cosas salen mal el costo es alto, pues de acuerdo al artículo 84 de la Ley Federal de Armas y Explosivos, se impondrá de cinco a treinta años de prisión “al que participe en la introducción al territorio nacional, en forma clandestina, de armas, municiones, cartuchos, explosivos y materiales de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea o sujetos a control, de acuerdo con esta ley”.
Este artículo contempla las mismas sanciones al servidor público que permita la introducción de estos materiales e, incluso, a la persona quien adquiera estos objetos para fines mercantiles.
Aún así el “contrabando hormiga” de estos artículos es un problema que se sigue registrando, debido a que son cada vez más las personas que requieren de armas y municiones para sentirse más protegidos ante el clima de inseguridad que se vive en todas las regiones del país. v