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Habrá registro de pederastas en el estado de Nuevo León

23 de diciembre de 2016 por Redacción

El Congreso del Estado de Nuevo León aprobó incluir en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia tipificar el delito de pederastia en el Código Penal así como establecer el Registro de Violadores y Abusadores Sexuales.
El diputado del PRI, Gabriel Tláloc Cantú, quien promueve esta iniciativa, señaló que el abuso sexual infantil es una de las formas más graves de violencia en contra de las niñas y niños, y conlleva efectos devastadores en la vida de los infantes que lo sufren, implica la transgresión de los límites íntimos y personales realizado en un contexto de desigualdad o asimetría de poder, habitualmente a través del engaño, la fuerza, la mentira o la manipulación.
“Presentamos la adición de un capitulo nuevo al Código Penal del Estado para tipificar el delito de pederastia, en el mismo establecemos todas las condiciones y todas las personas que pudieran ser los victimarios del menor de 18 años, ponemos de todas las categorías, buscamos penas de 9 a 23 años de prisión y altas multas económicas.
“También estamos modificando la Ley Orgánica de la Procuraduría para crear el registro estatal de delincuentes en materia de pederastia y delitos sexuales, de tal manera que si hay actos reincidentes puedan tener una herramienta para poder investigar de una manera más precisa y ágil gente que cometa repetitivamente este tipo de delitos; en lo que estamos proponiendo, se aumenta hasta por una mitad más, si quien comete la pederastia sobre un menor de edad es un familiar”, manifestó Tláloc Cantú.
El legislador agregó que además de las anteriores penas, el autor del delito perderá, en su caso, la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y el derecho que pudiera tener respecto de los bienes de la víctima, en términos de la legislación civil.
Y si el delito fuere cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones, además de la pena de prisión será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión por un término igual a la pena impuesta.
Detalló que en el Registro Estatal de Violadores y Abusadores Sexuales se almacenará la información de toda persona con sentencia ejecutoría condenatoria y contará con el nombre, apellido y en caso de poseerlos los correspondientes apodos además de la fotografía actualizada; fecha y lugar del nacimiento; nacionalidad, identificación oficial, CURP, número de Seguridad Social y el delito por el cual fue sentenciado.

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