Como cualquier empleado, Jorge acude sin falta día tras día a la empresa donde trabaja como contador para ejercer sus labores; pero a diferencia de muchos, siempre con la incertidumbre de a cuántas humillaciones será sometido por parte de su jefe.
Durante la jornada laboral, que algunas veces llegan a ser de hasta 15 horas diarias y sin pago de horas extras, Jorge y sus compañeros de trabajo deben soportar los desplantes de su empleador, quien se desvive en insultos hacia todo su personal en cada oportunidad que se le presenta.
“Uno nunca sabe cómo va a reaccionar o si está de buenas o malas, todos le tenemos miedo”, comentó.
“Siempre se la pasa insultándonos, de una bola de pend… no nos baja y agarra parejo, ni siquiera muestra un poco de respeto por las mujeres; menosprecia nuestro trabajo y si algo no le gusta lo ‘tacha’ de mie…, rompe cosas, avienta sillas, se comporta como loco”, añadió Jorge.
De acuerdo al contador, esto se vive todos los días, pero el temor a represalias y a perder su trabajo que lo invade al igual que a sus compañeros lo desanima a reportar el maltrato psicológico al que es sometido por parte de su jefe.
Jorge, al igual que muchos trabajadores, sufre de mobbing o acoso laboral.
El también conocido popularmente como “bullying laboral” es definido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el “comportamiento agresivo y amenazador de uno o más miembros de un grupo hacia un individuo en el ambiente de trabajo”.
Aunque esta práctica es tan antigua como el trabajo mismo, en los últimos años ha acaparado más atención por parte de organizaciones, especialistas y legisladores, que buscan por todos los medios erradicar esta práctica y ofrecer a los trabajadores un ambiente laboral digno y armónico.
Un claro ejemplo es que el pasado marzo, el Senado de la República aprobó una reforma al artículo 259 Bis del Código Penal Federal para tipificar el delito de acoso laboral, en el cual se dispone una multa de 40 días de salario mínimo a cualquier persona que asedie reiteradamente a otra valiéndose de su posición jerárquica de una relación laboral.
Aunado a esto, la reforma laboral trajo consigo una serie de modificaciones a la Ley Federal de Trabajo que declaran el acoso laboral y hostigamiento como prácticas prohibidas tanto para los patrones como subordinados y que salvaguardan los derechos de los trabajadores víctimas de cualquier tipo de acoso.
“HAY QUE FOMENTAR LA CULTURA DE DENUNCIA”
Casos como el de Jorge son más comunes de lo que puede llegar a pensarse, pero las pocas estadísticas y denuncias interpuestas que hay en relación al mobbing demuestran todo lo contrario.
Ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, desde 2012 a la fecha tan sólo se han presentado siete denuncias relacionadas al hostigamiento laboral; mientras que ante la Secretaría del Trabajo de Nuevo León no se ha presentado queja alguna.
Cabe destacar que de las únicas denuncias existentes, el 80 por ciento de ellas fueron interpuestas por mujeres, lo que deja entrever que el mobbing en Nuevo León va de la mano con la desigualdad laboral entre hombres y mujeres.
Diversos especialistas en la materia adjudican la falta de denuncia debido al temor a perder su trabajo o represalias por parte de sus empleadores.
A esto se añade la ignorancia de los trabajadores sobre sus derechos, así como la falta de divulgación de los mismos por parte de las autoridades correspondientes.
Héctor S. Maldonado, abogado laboral y ex secretario del Trabajo en Nuevo León, recomienda a los empleados realizar las denuncias cuando el acoso comience para gozar de los beneficios que da la ley.
De acuerdo al abogado, las víctimas de mobbing pueden emprender dos acciones distintas:
“El trabajador puede interponer una denuncia penal e ir ante el ministerio público o puede tomar una acción laboral que le da motivo para que se separe del trabajo y exija una de las indemnizaciones más caras que tiene la ley, pero obviamente tiene que comprobar (el maltrato)”, indicó.
Por el lado penal, tras interponer una denuncia ante el ministerio público y de ser comprobable el maltrato tanto físico como psicológico en el trabajo, el acosador se hace acreedor de una multa de hasta 40 días de salario mínimo.
De tomar una acción laboral, de acuerdo al artículo 51 de Ley Federal del Trabajo, es causa de recesión de la relación laboral cuando el patrón, su representante o sus familiares incurren en actos de violencia, amenazas, hostigamiento y malos tratos contra el trabajador, mientras que el artículo 133 estipula la prohibición de dichas prácticas por parte del patrón, así como la tolerancia hacia las mismas.
Pero si el mobby o acosador es un subordinado, el artículo 47 indica que puede ser relevado de su trabajo sin responsabilidad para el jefe por cometer actos inmorales y de hostigamiento.
El principio que rige todas estas disposiciones se encuentra en los artículos 2 y 3 de dicho código federal, que garantizan el derecho de trabajo digno y decente para todos los mexicanos.
Si se identifican estas conductas en un lugar de trabajo, la ley permite imponer una sanción de hasta 5 mil veces el salario mínimo por cada trabajador afectado por esta conducta.
“Todas las legislaciones se están preocupando por eso, la constitución, la legislación penal, laboral y la ley que reglamentan las oficinas de derechos humanos, entonces hay muchas formas de combatirlo. ¿Qué se requiere? Denunciar”, señaló Maldonado.
El abogado recalcó que las víctimas son quienes deben “defender su persona, su derecho y su dignidad y la ley te dice cómo, es una responsabilidad y es una obligación común de todos; no podemos dejar en manos de las leyes eso si no hay también la participación del posible afectado”.
El defensor laboral añadió que “hay que formar una cultura en ese aspecto, una cultura de respeto, de denuncia y las culturas se tardan”.
Distintos organismos como la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Secretaría del Trabajo exhortan a todas aquellas personas que sean víctimas de mobbing a interponer una queja ante dichos organismos o una denuncia penal.
El director de orientación de la CEDH, Emilio Alfaro, mencionó que el mobbing es un tema preocupante para la comisión “dado que las repercusiones que se tienen con este tipo de actos afectan gravemente la dignidad de las personas”.
Pero antes de accionar medidas punitivas, el representante del organismo resaltó la importancia de tomar medidas de prevención, como la formación e información a los trabajadores y mandos sobre lo que es el acoso laboral, que haya una declaración de la empresa en relación a la no tolerancia de este tipo de conducta abusiva de poder y planificar actividades para motivar la buena relación laboral con una perspectiva de respeto a los derechos humanos en los centros de trabajo.
De igual forma, si una persona es lesionada y se requiere presentar la denuncia o querella necesaria, la Comisión Estatal de Derechos Humanos se compromete a brindar orientación y de ser necesario el acompañamiento para que pueda darle trámite a su asunto.
“La comisión cuando han venido algunas personas y atribuyen al acto a un particular, con la independencia de que no llevaríamos un procedimiento aquí, si se hace el acompañamiento ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que es la instancia que depende de la Secretaría del Trabajo y que de alguna forma apoya a las personas para que hagan valer sus derechos laborales”, indicó Alfaro.
CONGRESO DEL ESTADO PONE “GRANITO DE ARENA” CONTRA EL MOBBING
El pasado marzo, el diputado Guadalupe Rodríguez propuso aprobar a la Legislatura un Punto de Acuerdo durante sesión ordinaria para que se legislara en materia del acoso laboral, con el fin de generar políticas públicas para prevenirlo.
En dicho documento se exhortaba al titular de la Secretaría del Trabajo del estado, Héctor Morales Rivera, la organización de mesas de análisis o promover foros de discusión para identificar el mobbing o acoso laboral en los centros de trabajo de Nuevo León, con el fin de establecer programas de prevención para mantener un ambiente de sana competencia y compañerismo laboral, además de establecer campañas de prevención y programas de reintegración psicológica laboral a las víctimas.
Aunque el punto de acuerdo no pudo ser aprobado por la suspensión de dicha sesión por falta de quorum, el legislador del Partido del Trabajo no baja las manos respecto al tema y busca retomarlo en el Congreso.
“No se ha retomado, no nos corresponde a nuestra comisión, pero vamos a buscar la manera de impulsar el tema; como que fue una llamarada y ahí quedó”, comentó el diputado del PT.
Rodríguez señaló que la principal razón por la que buscó presentar dicho punto de acuerdo fue debido a que “no se ha terminado de caracterizar en toda su profundidad el fenómeno en la ley; la gente incluso puede padecer acoso laboral y puede tener la ley en la mano y no identificar que está sufriendo acoso laboral porque la ley no está suficientemente clara”.
Aunque reconoce que hay un avance en la materia, Guadalupe Rodríguez señala que es microscópico y que se debe de seguir difundiendo el tema, sobre todo por las instituciones y las autoridades correspondientes.
“No tenemos cifras que puedan decir están reflejándose de manera certera el nivel de incidencia del fenómeno porque sigue siendo un fenómeno que no logra visualizarse por las autoridades inmediatas ni por las autoridades de trabajo en el estado ni a nivel federal”, apuntó.
El representante indicó que dentro de sus futuras propuestas se encuentra la creación de organismos externos de intermediación y promover el diálogo entre las partes afectadas para evitar llegar a las demandas.
“Es un tema que tenemos planeado tratar con el secretario del trabajo, el gobernador y secretario de gobierno”, dijo.
“El tema está virgen, no hay una legislación que pudiéramos presumir que sea perfeccionada ni siquiera planteada en el problema, no hay más, a partir de ahí está caracterizar (el problema)”.
CAMPAÑAS PARA PREVENIR EL MOBBING
Diversas campañas y reformas se han entablado en todo el país para prevenir el mobbing.
Al aprobarse la reforma laboral en diciembre de 2012, se reformaron algunos artículos de la Ley Federal de Trabajo.
El subsecretario del Trabajo a nivel federal, Rafael Avante, indicó que en dicha reforma se tipificó las figuras de hostigamiento y acoso.
El funcionario destacó que “el acoso y el hostigamiento que nosotros regulamos en la Ley Federal del Trabajo no tiene una relación directa con la figura típica penal de ese atentado contra la libertad física, sexual de las personas o contra su espacio íntimo, sino tiene más que ver con aprovechar una condición de necesidad y dependencia de una persona, considerar esa situación favorable para invadir su intimidad y presionarla de alguna forma”.
Con estas modificaciones, la Secretaría del Trabajo a nivel federal comenzó con operativos denominados “Operativos de Trabajo Digno y Decente”, con los que, apoyados en la reforma laboral, garantizarán empleos armónicos y respetuosos.
Rafael Avante explicó que este operativo consiste en realizar revisiones en centros de trabajo con visitas cada tanto tiempo y hacer entrevistas a los empleados para verificar que no exista un clima laboral que propicie hostigamiento.
“Las visitas específicas son a partir de una denuncia, pero los operativos de trabajo decente ya los estamos practicando en las empresas”.
Con este proyecto también se va a difundir un protocolo para la prevención del acoso.
De acuerdo con cifras de la Secretaría del Trabajo, en Nuevo León, este operativo comenzó el 16 de junio y se realizará en un lapso de mes y medio.
Este operativo también abarca otros rubros laborales como alimentación sana para los trabajadores, inclusión laboral, trato igual mujeres y hombres, respeto a las condiciones de maternidad, condiciones de seguridad sanas, prevención de adicciones, entre otros.
“La Secretaría está trabajando con los sindicatos y con las organizaciones patronales para difundirles y explicarles la importancia de cambiar esta cultura porque en muchas ocasiones se ha pretendido, se ha entendido, como que el hecho de que un trabajador está a disposición del patrón le permite al empleador tomarse ciertas atribuciones o libertades de confianza con el trabajador”.
En ese contexto, Avante invitó a la gente a que “conozca sus derechos y los ejerza, que tener un trabajo y estar en una relación contractual no tiene por qué significar una tolerancia para que pasen por encima de la dignidad de la gente y estamos aquí para salvaguardar esa dignidad y necesitamos que nos informen las cosas para que podamos actuar”.
¿Qué es el mobbing?
- :: El término mobbing fue utilizado por primera vez en 1986 por el psiquiatra alemán Heinz Leymann, para referirse al acoso que se originaba en los centros de trabajo.
- :: “Mobbing” viene del verbo anglosajón “mob”, que significa atacar en tumulto, atropellar, alboroto producido por un montón de personas
- :: El acoso laboral es ejercido en varios sentidos
Fuente: Separata: Periódico Oficial del Estado de Nuevo León
A detalle
- ::La OMS estipula que para que se pueda llamar mobbing, deben darse cinco factores:
- 1. Que no sea un suceso puntual y que al menos se prolongue seis meses.
- 2. Que sea frecuente y suceda, como mínimo, una vez a la semana.
- 3. Que exista una víctima concreta, es decir, que no sea simplemente una situación de mal ambiente laboral generalizado.
- 4. Que el acoso perpetrado no sea consecuencia de la conducta de la víctima.
- 5. Que el acosado no muestre un trastorno de personalidad previo con historial de conflictividad.